El intercambio electrónico de información es algo cotidiano para la mayoría de las personas que diariamente establecen relaciones comerciales o de cualquier otra índole con terceros, además de considerarse el medio más económico, rápido y hasta se podría decir “seguro”. Debido a la creciente demanda de comercio a través de la red, se hace inminente contar con un marco jurídico que regule este tipo de transacciones comerciales. Sin embargo, no existía en la legislación venezolana ninguna regulación expresa que reconociera el valor legal y probatorio de los mensajes transmitidos vía electrónica y existía una carencia del desarrollo de las actividades vía electrónica de la seguridad jurídica necesaria.En tal sentido, el Estado Venezolano en conjunto con empresas del sector privado vinculadas al desarrollo de las telecomunicaciones, como lo son Venamcham y Cavecom, decidieron elaborar la ley donde se garantice la seguridad jurídica sobre los mensajes de datos transmitidos electrónicamente. Dicha ley se denomina “Ley de Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas”, y fue aprobada por el Consejo de Ministros el 10 de febrero de 2000, en el Marco de la Ley Habilitante.En términos generales, las siguientes razones originan el desarrollo de esta Ley, y así se establece en sus primeros párrafos:- El acceso y uso de Internet ha adquirido una importancia fundamental, permitiendo realizar múltiples actividades tanto en el sector público como en el sector privado.- Que es política prioritaria del Estado Venezolano, dentro del Plan Nacional de Telecomunicaciones, estimular la utilización de Internet para la realización de actividades comerciales, culturales, educativas y sociales.- Dentro del uso dado a Internet, la transmisión electrónica de mensaje de datos, se ha convertido en un elemento importante en el desarrollo cultural, social y económico de la nación.- Para lograr seguridad jurídica en el ámbito de los mensajes de datos transmitidos electrónicamente, es fundamental lograr la equivalencia legal entre los documentos de formato de papel y los mensajes de datos enviados vía electrónica.Entre los objetivos que presenta esta ley están:Alfonso Lafuente ex-director ejecutivo del Centro Nacional de Tecnologías de Información explicaba “...Cuando comenzamos a buscar el porqué el comercio electrónico no se ha desarrollado en Venezuela, las empresas argumentaron que no existía una legislación adecuada. Entonces empezamos a preguntarnos cuál sería la más idónea para impulsar las transacciones digitales. Pensamos que quizá sería conveniente una ley marco, como lo han hecho otros países. Las Cámaras, Venacham y Cavecom-e, tenían un proyecto de Ley que nos presentaron, lo tomamos y empezamos hacer consultas, tanto a nivel del Estado como a nivel de las cámaras, y salió la Ley de Firmas Digitales, que es un proyecto bastante completo...”.Muchos afirmaban que la idea era reducir al mínimo el fraude electrónico, mediante la educación de los usuarios y el fortalecimiento de los procesos de criptografía, autenticación y firmas digitales, y que ocurriría lo mismo que pasó con el fax, que ahora es el equivalente de un documento autografiado pero en un principio no lo era.


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